MICROSEGUROS: MARCO REGULATORIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP

July 11, 2018 | Author: Anonymous | Category: N/A
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MICROSEGUROS: MARCO REGULATORIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP Armando Cáceres Valderrama Seminario Internacional sobre Microseguros 2009 Lima, Perú

ESTRUCTURA DE LA PRESENTACIÓN

1. Importancia del desarrollo de los microseguros

2. Marco normativo del microseguro en el Perú 3. Propuestas de modificaciones a la normativa de microseguros y comercialización 4. Agenda pendiente

Perú: Indicadores Socioeconómicos PERU: EVOLUCIÓN DEL INDICE DE POBREZA 2004-2008 50 40 30 20 10 0 2004

2005

2006

2007

2008

Fuente: INEI - Encuesta Nacional de Hogares 2004-2008

PERU: EVOLUCION DEL INGRESO PROMEDIO PER CAPITA 2004 -2008 (US$) Nacional Lima Metropolitana Resto Urbano Rural

2004 151.3 246.2 154.8 70.0

2005 148.3 235.0 155.8 69.2

2006 161.6 261.1 168.0 72.9

Fuente: INEI - Encuesta Nacional de Hogares 2004-2008

2007 179.3 285.6 192.6 77.3

2008 184.3 286.4 196.0 87.5

Evolución reciente del Sistema Asegurador Peruano Evolución de Primas Netas - Sistema

Mill. US$ 1 000

838

40.3% 800 577 456

400 258 200

40%

699

600

440

10.4% 14.0% 325 285

582

30%

482

20.0%

9.4%

19.9%

20% 19.9% 10%

0.9%

-2.7%

0%

-3.4%

-

50%

-10%

Jun-00 Jun-01 Jun-02 Jun-03 Jun-04 Jun-05 Jun-06 Jun-07 Jun-08 Jun-09 Primas Netas Mill. US$

Evolución de Primas Netas - R. Generales y Accid. y Enfermed.

600

Mill. US$ 503

60% 40%

500

23.0%

400 6.7%

300 200

Crecimiento

162

-12.3%173

213

17.0% 249

403 20.8% 347 24.7% 20% 16.1% 324 12.8% 268 7.3% 0% 237 -4.5% -20%

100

-40%

-

-60% Jun-00 Jun-01 Jun-02 Jun-03 Jun-04 Jun-05 Jun-06 Jun-07 Jun-08 Jun-09 Primas Netas (Grls. y Acc. y Enferm.)

Crecimiento

Evolución de Primas Netas - R. Vida y SPP

400

335

84.4%

295

300

254 207

200 100

203

214

70%

235

50%

112 96 19.4% 112 16.8%

25.8%

18.7% 0.1%

-

-2.0%

5.3%

30% 13.3% 10%

-7.4%

Jun-00 Jun-01 Jun-02 Jun-03 Jun-04 Jun-05 Jun-06 Jun-07 Jun-08 Jun-09 Primas Netas (Vida y SPP)

90%

Crecimiento

-10%

Indice de Penetración de Primas de Seguros (% del PBI) PAÍS

Dic-08

Bolivia *

1,85%

Chile

4,11%

Colombia

2,13%

Ecuador

1,67%

España

5,32%

México *

1,95%

Perú

1,16%

Venezuela *

3,14%

Fuente: ASSAL * Datos a diciembre 2007

Baja cobertura de seguros con relación a otros países de América Latina

Objetivo de las políticas de microseguros y desarrollo del sistema de seguros

Población cubierta actualmente por el sistema de seguros Población en situación de pobreza (36,2%) Extrema pobreza (12,6%)

Población Total 28,2 millones

Objetivo de las políticas de microseguros y desarrollo del sistema de seguros

Población cubierta actualmente por el sistema de seguros Población en situación de pobreza (36,2%) Extrema pobreza (12,6%)

Población Total 28,2 millones

Marco Normativo del Microseguro en el Perú Normas de protección de los derechos de los asegurados: Comercialización de Seguros, Resolución SBS N° 5102005 (23 de marzo 2005): Fuerza de Ventas, Bancaseguros, Puntos de Venta y Comercialización del SOAT. Reglamento de Pólizas de Seguros y Notas Técnicas, Resolución SBS N° 1420-2005 (16 de setiembre 2005): Contenido mínimo de las pólizas, prohibiciones, cláusulas ambiguas. plazos de prescripción, requisitos de transparencia, folletería, etc. Reglamento del Registro de Pólizas de Seguro, Resolución SBS No 1136-2006 (31 de agosto 2006): Proceso de revisión de los productos que se comercializan en el mercado.

Reglamento de Microseguros Resolución SBS N° 215-2007 (27 de febrero 2007) Se creó una reglamentación especial para que los sectores de bajos ingresos puedan acceder a los beneficios del mercado de seguros. La regulación se limitó a seguros que no exceden de S/.10000 (US$ 3300) de suma asegurada o con una prima neta mensual no mayor a S/. 10 (US$ 3.3). Seguros para personas naturales o microempresarios para cubrir riesgos personales o patrimoniales. Seguros individuales o colectivos. En los seguros colectivos, el contratante puede ser una empresa del sistema financiero nacional, una cooperativa, una empresa de transferencia de fondos, una empresa proveedora de bienes y servicios, o una organización gremial y/o comunal y/o social (Modelo Socio Agente).

Condiciones especiales de las pólizas de microseguros Vigencia indefinida, no requiere renovación anual. Póliza simplificada y solicitud-certificado en lenguaje sencillo. Sin condiciones especiales o verificaciones previas del riesgo. Exclusiones mínimas y generales. Término de vigencia por falta de pago o voluntad del asegurado. Sin deducibles, copagos ni franquicias. Sin gastos adicionales por emisión de la póliza. Reclamos por siniestros tramitados por el contratante. La liquidación del siniestro solamente puede requerir información para comprobar la ocurrencia del siniestro cubierto. Pago de la indemnización en 10 días desde la sustentación. Pago de la indemnización a través del contratante. Reclamaciones por falta de pago de la indemnización a través del contratante y deben resolverse en 15 días.

Supervisión de los microseguros Supervisión de la conducta en el mercado a cargo de la Superintendencia Adjunta de Seguros y la Gerencia de Productos y Servicios al Usuario de la SBS. Registro de modelos de pólizas antes de la comercialización. Registro especial a cargo de las aseguradoras con información sobre solicitudes-certificados y pólizas simplificadas emitidas. Contratantes de seguros colectivos deben conservar copia de los documentos hasta por 5 años después de su vencimiento. Información mínima requerida para la póliza simplificada y la solicitud-certificado que la aseguradora o el contratante entregan al asegurado como prueba de la cobertura. Obligación de informar trimestralmente número de asegurados, volumen de primas y siniestros. La aseguradora, sin importar la forma de comercialización, es responsable por la prestación de la cobertura, la administración de los riesgos y el cumplimiento normativo de las operaciones que se realicen a través de los contratantes.

Desarrollo del Mercado de Microseguros Hasta junio 2009 se registraron 66 productos de microseguros por 9 empresas de seguros, que contaban con 211 691 asegurados. Los productos más registrados fueron accidentes personales (51,5%), seguidos de vida individual (18,2%) y vida grupo (16,7%). Cinco empresas informaron sobre productos comercializados: La Positiva, Invita, ACE, Pacífico Vida y La Positiva Vida. Seis productos concentraron el 89,2% de los asegurados y siete productos representaron el 94,6% de las primas. Los microseguros de accidentes y enfermedades vinculados a productos bancarios contaban con el mayor número de asegurados. También destacaron los productos distribuidos a través de ONGs que desarrollan programas sociales.

Microseguros Registrados al 30 de Junio 2009 Empresas

Número de Productos

InVita La Positiva Positiva Vida Ace Pacífico Vida Cardif Protecta Pacífico Rímac Total

Número de Asegurados

4 39 14 2 1 1 1 2 2 66

Porcentaje del Total de Asegur.

78,152 63,150 39,800 28,477 2,112 0 0 0 0 211,691

36.92 29.83 18.80 13.45 1.00 0.00 0.00 0.00 0.00 100.00

Microseguros Registrados por Principales Riesgos al 30 de Junio 2009 Riesgos Asegurados Accidentes Personales Asistencia Médica Multiriesgo Vida Grupo Vida Individual Misceláneos Robo y Asalto Vehículos Total

Número de Productos

Porcentaje del Total de Productos 34 2 2 11 12 2 2 1 66

51.52 3.03 3.03 16.67 18.18 3.03 3.03 1.52 100.00

Principales Productos de Microseguros al 30 de Junio de 2009 (en Nuevos Soles)

Empresa La Positiva La Positiva La Positiva La Positiva La Positiva Invita Invita La Positiva Vida La Positiva Vida La Positiva Vida La Positiva Vida Ace Seguros El Pacifico Vida

Producto Registrado Los Andes Protege Plan 1 Plan Familia Sana - Soles Divino Seguro - Soles ASOMIF I - Soles Alimentación Protegida Subtotal Vida Prisma Mujer Segura Subtotal FINCA Vida Vida Mujer Manos Solidarias Estudiantil Campesino Subtotal Accidentes Falabella Masepelio TOTAL

Principales Características Seguro de grupo Seguro de Vida Individual Seguro de grupo CRAC Luren Seguro de grupo Seguro de grupo Banco Financiero Seguro de grupo ONG Prisma Seguro de grupo ONG Pro Mujer Seguro Individual Finca Perú Seguro Individual Manuela Ramos Seguro Individual ADRA Perú Seguro de Grupo Seguro de Grupo Banco Falabella Seguro de Vida Individual

Número de Asegurados 3,387 806 49,382 4,091 3,625 61,291 22,680 55,180 77,860 11,214 19,997 7,365 1,221 39,797 28,477 2,112 209,537

Primas Mensuales 2,709.60 7,254.00 49,382.00 8,182.00 5,075.00 72,602.60 22,680.00 220,720.00 243,400.00 11,214.00 19,997.00 7,365.00 610.50 39,186.50 199,339.00 24,076.80 578,604.90

Propuesta de Modificaciones al Reglamento de Microseguros Incorpora una definición de Microseguros no relacionada con un monto de prima o suma asegurada, sino con la protección efectiva a la población de bajos ingresos, frente a la ocurrencia de pérdidas derivadas de los riesgos humanos o patrimoniales, que les afecten. Se exige una identificación previa del grupo asegurado potencial a efectos de que, sobre la base de su perfil de riesgo, se desarrollen las coberturas necesarias para dicho grupo. También se debe identificar al comercializador. Se modifica algunas características como las de permitir las verificaciones previas, si la naturaleza de la cobertura exige establecerlas, pero deben ser concordantes con las coberturas. También se flexibiliza el pago de la prima dependiendo de los flujos dinerarios de los asegurados, entre otros aspectos. Se amplían las causales de resolución, considerando falta de pago de la prima, pago total de las coberturas, vencimiento del plazo, dolo o fraude del contratante o asegurado, o por voluntad del asegurado.

Propuesta de Modificaciones al Reglamento de Microseguros Se precisa que la solicitud de seguro de la póliza simplificada y la solicitud-certificado deben estar suscritas por los asegurados, pero en caso la forma de contratación no permita la suscripción formal de la solicitud, las empresas deberán proveerse de mecanismos que permitan comprobar que hubo de por medio una solicitud para que la empresa haya emitido la póliza respectiva. Se flexibiliza la definición de los canales de comercialización para facilitar el desarrollo de este tipo de seguros, y se elimina la exigencia de presentar el contrato de comercialización y el detalle de los establecimientos del comercializador en los que se efectuara la contratación del seguro. Se elimina para los comercializadores la exigencia de conservar copia de los documentos correspondientes al contrato hasta por cinco (5) años después del vencimiento de su vigencia. Se incorporan precisiones contables referidas al registro y a la constitución de provisiones por cobranzas impagas.

Propuesta de Modificaciones al Reglamento de Comercialización de Productos de Seguros Responsabilidad de las empresas de seguros ante los contratantes, asegurados y beneficiarios por la utilización de los canales establecidos en el Reglamento. Adecuada capacitación de las personas encargadas del ofrecimiento de productos de seguros. Características de los productos que pueden ser ofrecidos a través de los canales de comercialización. Incorporación como Fuerza de Ventas, a proveedores de bienes y servicios bajo un marco normativo específico y que previamente deben de suscribir un contrato de comercialización. También conforman la Fuerza de Ventas, los promotores de seguros. Para efectos de la comercialización a través de proveedores de bienes y servicios se requiere de autorización previa de la Superintendencia.

Propuesta de Modificaciones al Reglamento de Comercialización de Productos de Seguros Se mantiene la comercialización a través de la bancaseguros, sin embargo a efectos de la responsabilidad de las entidades del sistema financiero, se le ha relacionado con la Ley Complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en Materia de Servicios Financieros - Ley Nº 28587 y con el Reglamento de transparencia de información y disposiciones aplicables a la contratación con usuarios del sistema financiero, aprobado por Resolución SBS N° 1765-2005 y sus modificatorias. Se permite la utilización de medios de comercialización a distancia, como internet u otros análogos que permiten a las empresas de seguros acceder de modo no presencial a los potenciales asegurados, para promocionar u ofrecer sus productos. Esta modalidad puede utilizarse previa autorización de la Superintendencia y cumpliendo con los requerimientos especificados en el reglamento (derecho al retracto del contrato, en caso no satisfacer el contratante la cobertura adquirida).

Agenda pendiente en materia de microseguros Actualizar la normativa vigente para determinar aspectos que podrían estar limitando el desarrollo de los microseguros. Evaluar los seguros de bajo costo existentes en el mercado y determinar aquellos que resultan más adecuados para los sectores de bajos ingresos. Investigar sobre las necesidades de la población de bajos recursos y el manejo de los riesgos expuestos a fin de desarrollar estrategias que impulsen un mayor desarrollo de los microseguros y seguros de bajo costo. Mayor contacto con las microfinancieras y las organizaciones que vienen desarrollando programas de crédito para los sectores de bajos ingresos a fin de desarrollar estrategias conjuntas para impulsar el acceso de los sectores de menores ingresos. Revisar la regulación para incentivar la utilización de canales masivos de comercialización y otras formas de venta. Continuar con el proceso de formalización de las AFOCAT.

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